lunes, 14 de enero de 2008

Cuidado con el coche abollado

Mis niñas me mandan una cosita a tener en cuenta. Son las nuevas tarifas de si te pillan corriendo (con el coche) a más de lo que debes. Dice así:
El radar de la Guardia Civil modifica su baremo y comienza a multar a los conductores que circulen a más de 133 km/h. en autopistas. Hasta ahora el radar saltaba a 141 km/h.
La DGT ha enviado a todas las agrupaciones de la Guardia Civil una nueva tabla de infracciones y sanciones, en la que se ordena a los responsables del radar ajustar sus mediciones.
Circular a una velocidad entre 133 y 152 km/h en autopistas no supondrá retirada de puntos del carné, pero se considerará una infracción grave y se penaliza con multas que oscilan entre los 100 y los 120 euros, según el tipo de vehículo. La cantidad más elevada está prevista para aquellos que superen los 3.500 kilos de peso o transporten a más de nueve viajeros.
Los puntos en autopistas se perderán a partir de los 153 km/h. En carreteras de zonas urbanas, con límite de 50 km/h, se descontarán a partir de los 71 km/h.
Para que te quiten 6 puntos del carné tienes que circular a más de 199 km/h en autopistas y los 91 km/h. en las carreteras limitadas a 50 km/h.
Hay que tener en cuenta (como ya he dicho) que los vehículos con más de 3.500 kg. y los que transportan a más de 9 viajeros la cuantía de la multa es superior a igual infracción. En la siguiente tabla de límites de velocidad y sus correspondientes sanciones (multas y descuento de puntos del carné), las cifras que aparecen en verde corresponden a estos vehículos.
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